AUDITORIA & CO - AUDITORES DE CATALUNYA
Diciembre de 2010

Editado por Professional Letters, Agencia de Comunicación y Marketing - www.professional-letters.com
SERAUDIT AUDITORES

LA NUEVA LEY DE AUDITORIA DE CUENTAS: UN RETO PARA LA PROFESIÓN

La transposición de la VIII Directiva Comunitaria ha obligado a nuestro país a modernizar la Ley de Auditoria de Cuentas vigente hasta el pasado 30 de junio. Sin embargo, no únicamente la obligatoriedad emanada de la transposición de la directiva comunitaria sino múltiples sucesos acaecidos durante su vigencia aconsejaba una modernización de dicha Ley para adaptarse a un mundo económico sustancialmente distinto de cuando se promulgó la anterior.

En esta nueva Ley cobra especial relevancia la independencia de los auditores, pilar fundamental sobre la que se sustenta nuestra profesión, y que la propia Ley dedica gran parte de su redacción, y adopta las normas de ética profesional emitidas por el IFAC. Incluye un informe de transparencia para las firmas que auditen entidades de interés público, se adecua el control de calidad que deben establecer los auditores en base al control interno que estos deben acreditar, se establece la responsabilidad de los auditores proporcional al daño causado por su negligencia profesional y tipifican las sanciones que se pueden imponer a un entorno mas adecuado y de acuerdo con otras legislaciones vigentes de similar naturaleza y de acuerdo con los países comunitarios, se refuerza la formación continua de forma clara y precisa, y finalmente la obligatoriedad de aplicar las normas internacionales de auditoria, emitidas por la IFAC, todo ello con el fin de reforzar la credibilidad de la función auditora a un marco económico actual.

Durante estos últimos años los auditores han tenido un papel relevante en la transparencia de la información económica presentado por las empresas y unidades económicas, tanto las de mayor como menor tamaño, y han constituido un pilar fundamental en la transparencia informativa, todo ello no exento de escándalos provocados sin duda por malas practicas en los responsables de las empresas. Esta nueva ley, más acorde con la situación actual, establece muchos más requerimientos que los auditores deberán acometer para el desarrollo de su actividad profesional. Este buen numero de nuevos requerimientos así como con una legislación mas compleja en cuanto a la propia contabilidad, fiscalidad, entornos informatizados, protección de datos, medio ambiente, etc., hace que nuestra profesión sea mucho mas compleja que en el pasado.

Por todo ello, los auditores y las firmas de auditoria deberán revisar y actualizar sus estructuras así como sus formas de actuación, la nueva Ley contribuirá sin lugar a dudas a facilitar estos nuevos requerimientos. Uno de los aspectos de especial relevancia será la necesidad para las firmas de menor dimensión de ganar tamaño para cumplir con los nuevos requisitos y exigencias, contribuyendo a un mejor posicionamiento de aquellas firmas que sepan adaptarse de una forma mas precisa a la nueva legislación.

Así entendemos que la nueva Ley, constituye la herramienta dinamizadora para aprovechar la oportunidad de adecuar el tamaño de las firmas y que la auditoria siga constituyendo el elemento básico de información económica-financiera al servicio de la Sociedad como así ha sido en los últimos años.

En un próximo futuro asistiremos a un buen número de fusiones, acuerdos de colaboración u otros tipos de acuerdos que permitan a las firmas ganar tamaño, acometer trabajos de mayor calado, nos acercará a la profesión de los países mas avanzados de nuestro entorno y facilitará la comparabilidad de nuestros informes, así como aumentará la transparencia y rigor profesional. Para los auditores en el ejercicio de su profesión, y para las firmas nacionales, esta nueva Ley constituye el elemento aglutinador e imprescindible para acometer un giro radical y profesional a nuestras firmas lo que sin duda comportará una clarificación en el sector en los próximos años.

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Juan Aldomá La-Roca
Socio Director
 

 

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